En el departamento del Atlántico es costumbre mercantil que una agencia inmobiliaria cobre al arrendatario del inmueble una suma especial por concepto de Gastos de Adjudicación del contrato de arrendamiento, tales como papelería, asesoría legal, elaboración del mismo y otros conexos, equivalente al 60% del canon de un mes. (Aprobada en marzo 2 de 2006).
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